Cámara de Diputados aprueba dos proyectos de ley prioritarios por el coronavirus

La Paz, 20 mar — La Cámara de Diputados aprobó el viernes con modificaciones los proyectos de ley de reprogramación de pagos de préstamos y de prevención, contención y tratamiento del coronavirus COVID-19.

Las normativas fueron aprobadas en grande y en detalle y remitidas a la Cámara de Senadores para su revisión.

El proyecto de ley excepcional de diferimiento de pagos de créditos y reducción temporal del pago de servicios básicos establece que las entidades financieras deben aplazar de forma automática el pago del capital y los intereses de los préstamos y otro tipo de gravámenes por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia por el coronavirus.

La presidenta de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de Diputados, Otilia Choque, destacó la flexibilización de la norma y precisó que tras la conclusión de la crisis sanitaria los prestatarios tendrán un plazo de seis meses para reanudar los pagos de sus créditos.

La norma además dispone que el diferimiento no implicará el incremento de las tasas de interés ni la ejecución de sanciones y penalizaciones por mora. Para ello, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) emitirá las disposiciones respectivas para hacer cumplir las medidas.

Asimismo, el proyecto de ley menciona que las empresas públicas, privadas y cooperativas deben garantizar la continuidad de los servicios de electricidad, aguas, gas a domicilio e internet. La norma también reduce el 50% el pago mensual de la facturación de las tarifas y otorga un plazo de tres meses para la cancelación de los mismos luego de que se levante la emergencia.

La disposición señala que los pagos diferidos por los servicios no serán pasibles a multas ni sanciones mientras dure la cuarentena por el mal.

En tanto, el segundo proyecto de ley declara de interés nacional las actividades y medidas para la prevención, contención y tratamiento del COVID-19 declarando «cuarentena nacional como medida de prevención».

Dicha norma establece la gratuidad del tratamiento por el coronavirus en todos los establecimientos de salud del subsector público, el Ministerio de Salud y las entidades territoriales autónomas deberán garantizar los insumos necesarios para los establecimientos de salud.

La disposición también da luz verde al Ministerio de Economía a realizar transferencias directas a los gobiernos municipales para la atención integral de la pandemia para la atenciòn integral de la pandemia, los cuales posteriormente deberán presentar un informe técnico al Legislativo sobre los gastos realizados.

Así también dispone que los medios de comunicación realicen la difusión de campañas educativas e informativas de forma obligatoria y gratuita, mientras que los ciudadanos bolivianos deben cumplir con los todos los protocolos y normas de bioseguridad para prevenir el contagio de la enfermedad./ ABI