TSE declara improcedente recurso planteado por “evistas”

 

La Paz, 23 nov- La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró por unanimidad improcedente el Recurso Extraordinario de Revisión presentado por el MAS del “ala evista”,  por lo tanto, ratificó la anulación del Congreso de Lauca Ñ.

La decisión fue asumida en la sesión del miércoles y se fundamenta “en que los solicitantes no demostraron fehacientemente hechos nuevos o preexistentes como establece el artículo 217 de la Ley 026 del Régimen Electoral cuando se presenta un recurso extraordinario de revisión, según un reporte de prensa del TSE.

Los delegados del MAS –IPSP “evista” no presentaron pruebas de reciente obtención, que demuestren que la resolución emitida por el TSE fue dictada erróneamente, según información del ente electoral.

El artículo citado indica que procederá el Recurso Extraordinario de Revisión, cuando, con posterioridad a la Resolución, sobrevengan hechos nuevos, o hechos preexistentes con pruebas de reciente obtención, lo que no ocurrió en este caso.

Se advirtió además que los delegados del MAS – IPSP sólo presentaron documentación en fotocopias simples.

En el recurso extraordinario de revisión, los delegados del MAS realizaron algunas observaciones a la Resolución TSE-RSP-ADM N°344/2023, una de ellas es que  para ellos el “Yo Participo” es suficiente para certificar la militancia de los postulantes; sin embargo, la Convocatoria al Congreso establece claramente que el hecho debe ser acreditado por: “Certificado de militancia emitido por el Órgano Electoral Plurinacional”, documento que requiere una solicitud formal ante el TSE, según el comunicado.

El pasado 31 de octubre, TSE dejó sin efecto las decisiones del congreso, bajo el argumento de que personas elegidas en la directiva del MAS, entre ellos Evo Morales, no habían cumplido con los requisitos para ser elegidos.

El ala “evista” presentó el Recurso Extraordinario de Revisión para revertir la anulación del Congreso.

ABI