Publicidad

Presidente Paz promulga ley de las elecciones subnacionales 2026

 

La Paz, 20 nov.- El presidente Rodrigo Paz promulgó este jueves la ley de las elecciones subnacionales 2026 y garantizó el pleno respaldo al Tribunal Supremo Electoral en la organización del sufragio previsto para el 22 de marzo.

En un video publicado en sus redes sociales, el presidente firmó la Ley del Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (elecciones subnacionales de 2026) que fue sancionada la madrugada de este jueves en la Cámara de Diputados.

“Quiero agradecer al Parlamento por la aprobación de esta norma. Le daremos cumplimiento, respaldando las elecciones subnacionales a nuestro Tribunal Supremo Electoral, el ejecutor de esta norma. Viva la patria”, afirmó.

Compuesta por cinco artículos y tres disposiciones finales, la ley regulará las elecciones en los departamentos que no cuentan con estatutos autonómicos, en los municipios sin cartas orgánicas y en las autonomías indígenas que carecen de estatutos.

En los departamentos sin estatuto vigente, La Paz, Chuquisaca, Cochabamba, Oruro y Potosí, la ley define la forma en que se elegirá a los gobiernos departamentales y la representación en las asambleas legislativas, asegurando la participación de los pueblos indígena originarios campesinos minoritarios.

En tanto, en Santa Cruz, Pando y Tarija se aplicarán los criterios y sistemas electorales establecidos en sus propios estatutos autonómicos y leyes en desarrollo.

‎En las elecciones subnacionales del 22 de marzo, en el departamento de Beni se elegirá por primera vez a un vicegobernador o vicegobernadora, y Potosí y Chuquisaca incrementarán sus asambleístas departamentales.

‎La labor del vicegobernador o vicegobernadora de Beni será definida por una ley departamental.

‎Con esto, Beni será el cuarto departamento que elegirá a vicegobernador después de Santa Cruz, Tarija y Pando.

‎A la par, la ley define la creación de dos escaños indígenas en Chuquisaca: 1 Qhara Qhara y 1 Yampara, que se sumarán a los 2 guaranís actuales; además se crea un escaño indígena en Potosí: 1 Qhara Qhara, que será el primero de ese tipo en el departamento.

‎Además, en el caso de Chuquisaca, se estableció que en la provincia Oropeza se adicione dos asambleístas porque en esta se encuentra la ciudad de Sucre, donde se concentra más del 60% de la población del departamento.

‎Con ello, Chuquisaca pasará de tener 21 asambleístas departamentales, electos en 2021, a 25. Mientras que Potosí de 32 a 33 asambleístas departamentales.

‎La norma dispone, además, no aplicar el parágrafo II del artículo 51 que establece que “en cualquier otro proceso electoral en el que participen organizaciones políticas, las alianzas deberán registrarse al menos sesenta (60) días antes de la emisión de la convocatoria”.

‎La disposición final primera establece que, “para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026), de forma excepcional no se aplicarán los plazos establecidos en el artículo 51.II de la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas, debiendo el Tribunal Supremo Electoral incorporar en el calendario electoral, los plazos límite para el registro de alianzas políticas”.

ABI