TCP anula convocatoria y reglamento para las judiciales, establece que se debe aprobar ley para las elecciones por 2/3

Sucre, 31 jul —  Al filo del plazo, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró este lunes inconstitucional el reglamento y la convocatoria aprobadas por la Asamblea Legislativa para la preselección de los aspirantes a las elecciones judiciales y estableció que se debe aprobar la ley para este proceso por dos tercios de voto.

La sentencia fue comunicada en Sucre por el presidente del TCP, Paul Franco, a un día de que se cumpla el plazo de 45 días para emitir el dictamen, lo que acorta los plazos para el proceso hacia a la elección por voto de los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura.

“Se declara la inconstitucionalidad de la R.A.L.P, 007/2022-2023 de 20 de abril de 2023; y en consecuencia, del Reglamento de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura y de la Convocatoria Pública emitida para tal efecto, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, por ser contrarios a los artículos 109.II, 144.II, de la Constitución Política del Estado», cita el punto 1 de la sentencia 60/2023 aprobada por unanimidad.

Por “conexitud” también se declaró inconstitucional la Ley 1513 Transitoria para Garantizar el Proceso de Preselección de Candidatos y Candidatas para la conformación del TCP, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, del 5 de junio de 2023, que acortaba a 160 días todo el operativo: 60 días para la preselección en el Legislativo y 100 para que el Tribunal Supremo Electoral organice las elecciones.

Estas «normas están expulsadas del ordenamiento jurídico, corresponde ahora, con absoluta responsabilidad y compromiso con el país, a nuestra la Asamblea Legislativa, cumplir las atribuciones que por Constitución tiene, emitir una ley por dos tercios de voto”, explicó Franco.

La acción de inconstitucionalidad abstracta fue presentada por el diputado de Creemos Leonardo Ayala, el 24 de abril. Luego de admitir el recurso, el TCP emitió una medida cautelar paralizando la labor de preselección de candidaturas que está a cargo de la Asamblea Legislativa.

En su petitorio, el legislador opositor alegó que corresponde una ley para este proceso de preselección de candidatos, como sucedió el 2017. Además, solicitó la aprobación por dos tercios de todas las fases del trabajo para la preselección de candidatos judiciales.

ABI